Nueva Época
Número 03
El derecho a la libre determinación frente a la realpolitik
Representante del Frente POLISARIO en las Naciones Unidas
Desde su creación, la Organización de las Na- ciones Unidas (ONU) ha tenido un balance bas- tante mixto con respecto al cumplimiento de los propósitos para los que fue creada el 26 de junio de 1945. En resumen, la ONU como organización intergubernamental ha superado la prueba del tiem- po a pesar de los innumerables desafíos deriva- dos de sus inherentes desequilibrios estructurales y de los continuos ataques al sistema multilateral que representa. Un área que destaca entre los lo- gros de la ONU es la descolonización. Aunque las potencias coloniales de la época se opusieron fir- memente a cualquier referencia en la Carta de la ONU a la libre determinación o la independencia de los pueblos y países colonizados (territorios no autónomos en consonancia con la terminología de la ONU), el proceso de liberación de los pue- blos colonizados era irresistible e irreversible. La adopción de la resolución 1514 (XV) de la Asam- blea General de la ONU relativa a la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales, el 14 de diciembre de1960, fue un hito histórico que contribuyó significativa-
mente a acelerar el proceso de descolonización, lo que condujo al aumento del número de los miem- bros de las Naciones Unidas a medida que más colonias alcanzaron la independencia.
Hoy en día los pueblos de muchas ex colonias disfrutan de su libertad e independencia, pero la- mentablemente el colonialismo todavía dista de lle- gar a su fin. En la actualidad, hay 17 territorios no autónomos cuyos pueblos aún no han ejercido su derecho a la libre determinación y a la indepen- dencia, incluido el Sahara Occidental, la última colonia en África en la lista de la ONU de terri- torios no autónomos desde 1963. Sin embargo, la descolonización del Sahara Occidental se vio frus- trada cuando Marruecos invadió militarmente el territorio el 31 de octubre de 1975 en violación de las resoluciones de la ONU y la opinión con- sultiva de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) del 16 de octubre de 1975 que afirmó que nunca había existido ningún vínculo de soberanía terri- torial entre Marruecos y el Sahara Occidental.
1 Dr. Sidi M. Omar (https://uji.academia.edu/SidiOmar) es el Representante del Frente POLISARIO en la ONU. Tiene Doctorado Europeo en Estudios de Paz y Conflictos de la Universitat Jaume I de Castellón en España. En su calidad de profesor invitado, ha impartido cursos de postgrado sobre la resolución de conflictos, la mediación y la negociación en varias universidades en África, América Latina, Asia, EE. UU y Europa.
La ocupación militar del Sahara Occidental por parte de Marruecos afectó de lleno dos principios fundamentales del orden internacional vigente, a saber, el derecho de los pueblos a la libre deter- minación y la inadmisibilidad de la adquisición de territorio por la fuerza. Sin embargo, el Conse- jo de Seguridad, que tiene, en virtud de la Carta de la ONU, la responsabilidad primordial de man- tener la paz y la seguridad internacionales no to- mó ninguna medida decisiva contra Marruecos por razones relacionadas principalmente con la realpolitik. Obviamente, este no es el lugar para abordar críticamente la realpolitik y su “aceptación dogmática” del poder como el determinante fun- damental de la política internacional, entre otras cosas. No se puede negar, sin embargo, que su en- foque doctrinario centrado en el poder en la toma de decisiones ha causado (y sigue causando) mu- cha inestabilidad e inseguridad en muchas partes del mundo.
Incluso después de aprobar el Plan de Arreglo de la ONU-OUA para el Sahara Occidental, que fue solemnemente aceptado por ambas partes, el Frente POLISARIO y Marruecos, en agosto de 1988, el Consejo de Seguridad con frecuencia no ha ejercido su autoridad para garantizar la aplica- ción del plan. Como resultado, 29 años después de la creación de la Misión de la ONU en el Sa- hara Occidental, la MINURSO, el referéndum de autodeterminación para el pueblo saharaui, que estaba previsto que se celebrarse en 1992, toda- vía no se ha producido debido a varias razones. Primero, Marruecos trató de determinar el resul- tado del referéndum de antemano transfiriendo a miles de personas desde Marruecos al Sahara Occidental ocupado e insistiendo en que debían incluirse en las listas de los votantes. Segundo, la pasividad y la ambivalencia con las que el Conse- jo de Seguridad se enfrentó a la actitud desafiante de Marruecos, especialmente cuando Marruecos expresó que no estaba dispuesto a seguir con el Plan de Arreglo en 2002. Tercero, los intentos de algunos sectores de “acomodar” de alguna mane- ra la posición marroquí buscando “soluciones po- líticas basadas en la avenencia” como si el Plan de
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Arreglo de la ONU y la OUA no hubiera sido la solución política mutuamente aceptable y basada en la avenencia por excelencia. El hecho de que Marruecos haya renegado de sus compromisos en el marco del Plan de Arreglo de la ONU y la OUA por temor a la expresión libre y democrá- tica del pueblo saharaui (hecho que demuestra el carácter antidemocrático del régimen en el poder en Marruecos) no puede ser un argumento para invalidar el plan de paz mutuamente aceptado o el referéndum como un proceso democrático para la resolución de conflictos.
El enfoque pasivo y ambivalente con el que el Consejo de Seguridad, bajo la influencia de algu- nos de sus miembros, ha manejado el proceso de paz de la ONU en el Sahara Occidental en las últi- mas décadas ha exacerbado la situación de conflic- to y ha obstaculizado la búsqueda de una solución pacífica y duradera. En este contexto, la causa fundamental de la continua irresolución del con- flicto del Sahara Occidental, en mi opinión, sigue estribando en la tensión entre algunos enfoques basados en la doctrina de la realpolitik, por una parte y el derecho de los pueblos colonizados a la libre determinación y la independencia, por otra. Ni siquiera los recientes intentos de conciliar es- tas posiciones contrapuestas han podido resistir la influencia de la realpolitik, lo que ha dado co- mo resultado enfoques contradictorios y confu- sos. Un destacado ejemplo de ello se refleja en los recientes llamamientos del Consejo de Seguridad a las dos partes, el Frente POLISARIO y Marrue- cos, para que logren “una solución política realis- ta, viable y duradera basada en la avenencia” por una parte, y entablen “negociaciones sin condicio- nes previas y de buena fe con miras a lograr una solución política justa, duradera y mutuamente aceptable que prevea la libre determinación del pueblo del Sahara Occidental”, por otra. Este tipo de “ambigüedad destructiva” que se manifiesta en las recientes resoluciones del Consejo de Seguri- dad solo ha generado más confusión incluso para los miembros del Consejo y ha ofrecido a Marrue- cos más margen de maniobra para persistir en su política de procrastinación y obstrucción.
La continua irresolución del conflicto del Sahara Occidental...
Sin duda, las negociaciones directas entre las dos partes son esenciales para alcanzar una so- lución pacífica y sostenible al conflicto. De he- cho, el Plan de Arreglo de la ONU y la OUA fue el resultado de una serie de negociaciones entre las dos partes y las Naciones Unidas. Sin embar- go, como he señalado en varias ocasiones, pedir a las dos partes que entablen negociaciones para lograr una “solución política realista, viable” y “mutuamente aceptable”, “que prevea la libre de- terminación del pueblo del Sahara Occidental” es incompatible con los principios y reglas que rigen el derecho de los pueblos coloniales a la libre de- terminación. Todas las resoluciones pertinentes de la ONU y su doctrina jurídica, incluida la opi- nión consultiva de la CIJ sobre el Sahara Occiden- tal de 1975, afirman que la esencia del derecho de los pueblos coloniales a la libre determinación es un proceso democrático mediante el cual la vo- luntad del pueblo interesado se expresa con cono- cimiento de causa y de manera libre y auténtica. Esto significa que la voluntad del pueblo del Sa- hara Occidental, el único titular del derecho a la libre determinación debe expresarse sin ninguna interferencia extranjera de ningún tipo. La expre- sión también debe ser auténtica y directa a través de los procesos democráticos establecidos inter- nacionalmente de los cuales el referéndum es un proceso ampliamente usado, como, por ejemplo, se mostró en el caso de Timor Oriental que tenía muchas similitudes con la situación del Sahara Occidental. El enfoque contradictorio a la libre determinación sigue siendo la causa fundamen- tal del estancamiento al que en la actualidad se enfrenta el proceso de paz de la ONU en el Sahara Occidental. Esta situación se ve agravada por la contundente negativa de Marruecos a participar en negociaciones directas bajo los auspicios de la ONU para lograr una solución pacífica, a pesar de su retórica y sus maniobras de relaciones pú- blicas. Como he señalado en varias ocasiones, el objetivo estratégico de Marruecos es el de mante- ner el statu quo y, por lo tanto, su opción preferida es la continua irresolución del conflicto.
No obstante, si algunos han aceptado esa situa- ción bajo la influencia de la realpolitik u otras con-
sideraciones, el Frente POLISARIO y el pueblo del Sahara Occidental nunca la aceptarán. La invasión militar y la ocupación ilegal del Sahara Occiden- tal en 1975 por parte de Marruecos, independien- temente de sus motivos políticos y económicos, implicaba también una negación de la existencia del pueblo saharaui y de su derecho a la libre deter- minación y la independencia. La expresión prác- tica de esta negación fue el bombardeo de civiles saharauis con napalm y fósforo blanco y la polí- tica de tierra quemada practicada por las fuer- zas marroquíes en el Sahara Occidental. También se refleja en las diversas formas de violencia que se ejercen hoy en día contra la población civil en los territorios ocupados y en la destrucción delibe- rada del patrimonio cultural saharaui. La lucha li- brada por el pueblo saharaui bajo el liderazgo del Frente POLISARIO es, por lo tanto, una lucha por defender su identidad nacional y su derecho legí- timo a existir como un pueblo libre y soberano en su propia tierra.
La comunidad internacional debe saber, desde la experiencia pasada y presente, que los regímenes antidemocráticos, a pesar de su aparente estabili- dad, son intrínsecamente inestables, especialmen- te en la era de la democracia, el Estado de derecho y los derechos humanos y de los pueblos. Aquellos que están realmente preocupados por la estabili- dad y la seguridad en el norte de África deberían replantearse sus políticas hacia la región en gene- ral y la cuestión del Sahara Occidental en particu- lar. Por ello, deberían desistir de ver y abordar el tema exclusivamente desde el punto de vista de la realpolitik o la política del equilibrio de poder en cuyo nombre regímenes déspotas han oprimido a muchos pueblos y han causado conflictos violen- tos y la inseguridad en muchas partes del mundo. Ha llegado el momento de que algunos sectores se den cuenta de que apoyar al régimen autocrático en Marruecos no es ninguna garantía de la paz y la estabilidad regionales en el norte de África. El Consejo de Seguridad, en particular, debe asu- mir su responsabilidad y no debe esperar a que la situación de conflicto en el Sahara Occidental se deteriore y se convierta en una grave fuente de inestabilidad tanto dentro como fuera de la región.
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En conclusión, la naturaleza jurídica y política de la cuestión del Sahara Occidental como un ca- so de descolonización es incuestionablemente cla- ra. Por lo tanto, la cuestión que se presenta ante la ONU en la fecha de celebración del 75º aniversa- rio de su creación es la siguiente: ¿permitimos que la realpolitik y “la ley del más fuerte” prevalezcan en el caso del Sahara Occidental, y permitir así que la ocupación ilegal marroquí de partes del terri- torio continúe con impunidad, o defendemos los principios fundamentales que sustentan el orden internacional vigente, y defender así sin reservas el ejercicio libre y democrático por parte del pueblo del Sahara Occidental de su derecho inalienable a la libre determinación y la independencia confor-
me a la doctrina de la ONU relativa a la descoloni- zación? Sin duda, la “ley del más fuerte” no puede ser una opción, de lo contrario muchos pueblos y países, incluidos los Estados Miembros de la ONU, habrían permanecido bajo el yugo del colo- nialismo y la ocupación extranjera. Por lo tanto, la única opción viable es permitir al pueblo del Saha- ra Occidental un proceso democrático mediante el cual pueda ejercer libre y democráticamente su derecho a la libre determinación y la independen- cia. Todos los principios democráticos básicos y las normas del derecho internacional apoyan esta legítima aspiración, y es hora de que la comunidad internacional la apoye igualmente no solo en pala- bras sino también en hechos.
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